Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 21 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Artículo 1. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de junio de 2013 y la del 18 de diciembre de 2013.
Tachado: lo que se quitó (27 palabras). Subrayado: lo que se añadió (35 palabras).
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Artículo 1. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La escala autonómica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será la siguiente:
Base liquidable hasta
–
Hasta euros
·
Cuota íntegra
– ·
Euros
Resto base liquidable
– ·
Hasta euros
Tipo aplicable
–
Porcentaje
·
0 0,00
·
0 0,00
·
17.707,20 10.000,20
·
12 11,25
·
10.000,20
·
1.125,02
·
4.000,00
·
11,75
·
14.000,20
·
1.595,02
·
3.707,00
·
12,00
·
17.707,20
·
2.124,86 2.039,86
·
15.300,00
·
14 14,55
·
33.007,20
·
4.266,86 4.266,01
·
20.400,00
·
18,5 18,50
·
53.407,20
·
8.040,86 8.040,01
·
7.300,00
·
21,5 21,50
·
60.707,20
·
9.610,36 9.609,51
·
19.300,00
·
22 22,00
·
80.007,20
·
13.856,36 13.855,51
·
19.400,00
·
22,5 22,50
·
99.407,20
·
18.221,36 18.220,51
·
20.600,00
·
23,5 23,50
·
120.007,20
·
23.062,36 23.061,51
·
En adelante
·
24,5 24,50
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-1918 | Leer | Qué cambió |
| 12 de febrero de 2015 | BOE-A-2015-2340 | Leer | Qué cambió |
| 18 de diciembre de 2013 | BOE-A-2014-374 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 2013 | Texto original | Leer |


