LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 21 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.

Artículo 1. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de diciembre de 2013 y la del 12 de febrero de 2015. Tachado: lo que se quitó (44 palabras). Subrayado: lo que se añadió (43 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La escala autonómica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será la siguiente:
Base liquidable hasta
·
Cuota íntegra
·
Resto base liquidable
·
Tipo
–
Porcentaje
·
0,00
·
0,00
·
10.000,20
·
11,25
·
10.000,20
·
1.125,02
·
4.000,00
12.450,00
·
11,75 10,50 %
·
14.000,20 12.450,00
·
1.595,02 1.307,25
·
3.707,00 7.750,00
·
12,00 12,50 %
·
17.707,20 20.200,00
·
2.039,86 2.276,00
·
15.300,00 4.000,00
·
14,55 15,50 %
·
33.007,20 24.200,00
·
4.266,01 2.896,00
·
20.400,00 11.000,00
·
18,50 16,50 %
·
53.407,20 35.200,00
·
8.040,01 4.711,00
·
7.300,00 24.800,00
·
21,50 20,50 %
·
60.707,20 60.000,00
·
9.609,51 9.795,00
·
19.300,00 20.200,00
·
22,00 23,50 %
·
80.007,20 80.200,00
·
13.855,51 14.542,00
·
19.400,00 19.000,00
·
22,50 24,00 %
·
99.407,20 99.200,00
·
18.220,51 19.102,00
·
20.600,00 21.000,00
·
23,50 24,50 %
·
120.007,20 120.200,00
·
23.061,51 24.247,00
·
En adelante adelante.
·
24,50 25,00 %
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2018-1918 Leer Qué cambió
12 de febrero de 2015 BOE-A-2015-2340 Leer Qué cambió
18 de diciembre de 2013 BOE-A-2014-374 Leer Qué cambió
26 de junio de 2013 Texto original Leer

← Disposición final única Índice Artículo 2 →