Legislación › Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español.
Artículo 40. Plazo de entrega a la destilación.
Artículo 40. Plazo de entrega a la destilación.
La fecha límite de entrega de los subproductos a un destilador autorizado será el 15 de junio de cada campaña.


