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Legislación › Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español.

Artículo 40. Plazo de entrega a la destilación.

Artículo 40. Plazo de entrega a la destilación.

La fecha límite de entrega de los subproductos a un destilador autorizado será el 15 de junio de cada campaña.

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