Legislación › Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español.
ANEXO VII
ANEXO VII
Condiciones para la subvencionabilidad de los costes de personal y gastos generales
Para resultar subvencionables estos gastos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Costes de personal de la empresa dedicado en exclusiva a las actividades de promoción: deberán demostrar la relación contractual con la empresa, mediante los datos del contrato y cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa. Tanto si es personal técnico, como administrativo se deberá demostrar la dedicación en exclusiva a las actividades de promoción establecidas en el programa aprobado.
b) Costes de personal de la empresa no dedicado en exclusiva a las actividades de promoción: deberán demostrar la relación contractual con la empresa mediante los datos del contrato y cotización a la Seguridad Social. Además deberán aportar las correspondientes tablas horarias donde se indique categoría profesional, número de horas de dedicación, coste horario y coste total; así como certificación del responsable de personal de la empresa que acredite la relación del trabajador con el programa aprobado. Se evaluará la coherencia de dichas tablas con el programa y se subvencionará únicamente el importe justificado mediante dichas tablas.
c) Gastos generales: serán subvencionables los costes generales del beneficiario hasta un límite de un 4 por ciento de los costes efectivos de ejecución de las actividades promocionales. Estos gastos para ser subvencionables deberán estar contemplados como una partida específica en el presupuesto recapitulativo del programa. Se justificarán mediante un certificado del beneficiario que acredite esos gastos de administración y gestión del programa aprobado.


