Legislación › Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
Disposición adicional novena. Personas con discapacidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de julio de 2013 y la del 1 de enero de 2019.
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Disposición adicional novena. Personas con discapacidad.
Los incentivos a la contratación previstos en los artículos 9, 10, 12, 13 y 14 de la presente ley, serán también de aplicación cuando el contrato se celebre con jóvenes menores de 35 años que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que cumplan también el resto de requisitos previstos en los referidos artículos. (Derogada).
Los incentivos a la contratación previstos en el artículo 11 de la presente ley, serán también de aplicación cuando el contrato se celebre por jóvenes menores de 35 años que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que cumplan también el resto de requisitos previstos en dicho artículo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2018-17992 | Leer | Qué cambió |
| 28 de julio de 2013 | Texto original | Leer |
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