Legislación › Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
Artículo 17. Registro Estatal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de enero de 2014 y la del 16 de diciembre de 2021.
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Artículo 17. Registro Estatal.
1. Se crea en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente el Registro Estatal de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria como instrumento público que agrupará a todos aquellos operadores que interviniendo en la cadena alimentaria, se adhieran voluntariamente al Código al que hace referencia el artículo 15.
2. Los operadores que se adhieran voluntariamente al Código deberán comunicarlo a la Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que procederá a su inscripción.
Una vez inscritos, los operadores podrán utilizar la mención de «Acogido al Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria».
3. Periódicamente se dará publicidad de los operadores que figuren inscritos en el Registro en la sede electrónica página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y en el Boletín Oficial del Estado. Pesca y
Asimismo, dicho Ministerio realizará periódicamente campañas de promoción estatal para dar a conocer a los consumidores la importanciasignificación de la firma del Código por parte de los distintos operadores de la cadena agroalimentaria que lo suscriban. Alimentación.
4. Reglamentariamente se regulará el procedimiento para la cancelación de la inscripción en el Registro.
5. La inscripción de los operadores en el Registro se tendrá en cuenta en la normativa reguladora de las ayudas y subvenciones que en relación con la alimentación y la cadena alimentaria se promuevan por parte del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de diciembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-20630 | Leer | Qué cambió |
| 3 de enero de 2014 | Texto original | Leer |


