Legislación › Real Decreto 629/2013, de 2 de agosto, por el que se regula la pesca del coral rojo, su primera venta y el procedimiento de autorización para la obtención de licencias para su pesca.
ANEXO I
ANEXO I
Delimitación de zonas en las que se permite la pesca de coral rojo en aguas exteriores y número máximo de autorizaciones
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Zona |
Delimitación |
Número máximo de autorizaciones |
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1. Cataluña. |
Aguas situadas frente al litoral de la provincia de Girona, desde la línea E/W de Arenys de Mar hasta la frontera francesa. |
12 |
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2. Illes Balears. Mallorca. |
Aguas del canal de Mallorca- Menorca. |
10 |
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3. Illes Balears. Menorca. |
Aguas del Norte de Menorca comprendidas entre la Punta Natí y la Punta de S’Esperó. |
10 |
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4. Almería. |
Aguas situadas frente al litoral de la provincia de Almería. |
5 |
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5. Región Sur-Atlántica. |
Aguas de la Región Sur-atlántica, comprendidas desde la frontera con Portugal hasta Punta Tarifa. |
10 |


