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Ley 5/2013, de 8 de julio, de apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Región de Murcia.

En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 15 de agosto de 2013 · Último cambio el 10 de noviembre de 2018 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto y fines de la ley.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Excepciones.
  6. TÍTULO I
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 4. Actuaciones de promoción y sensibilización.
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 5. Desarrollo Curricular e incorporación de iniciativas en los procesos de formación.
  11. CAPÍTULO III
  12. Artículo 6. Impulso de la figura del emprendedor en el ámbito universitario.
  13. Artículo 7. Incorporación de iniciativas en los procesos de formación.
  14. CAPÍTULO IV
  15. Artículo 8. Formación de emprendedores y reemprendedores fuera de los centros educativos.
  16. CAPÍTULO V
  17. Artículo 9. Formación, fortalecimiento y desarrollo de habilidades directivas en las pymes.
  18. Artículo 10. Mecanismos de acción.
  19. CAPÍTULO VI
  20. Artículo 11. Ética empresarial, responsabilidad social corporativa y resolución de conflictos.
  21. TÍTULO II
  22. Artículo 12. Puntos de Atención al Emprendedor.
  23. Artículo 13. Simplificación de procedimientos administrativos y utilización de medios electrónicos.
  24. Artículo 14. Medición de cargas administrativas soportadas por emprendedores y pymes.
  25. Artículo 15. Plataforma del Emprendedor y de la Pyme.
  26. Artículo 16. Oficina de Atención del Emprendedor y de la Pyme.
  27. TÍTULO III
  28. Artículo 17. Colaboración con los ayuntamientos.
  29. Artículo 18. Acuerdos con los ayuntamientos.
  30. Artículo 19. Municipio emprendedor.
  31. Artículo 19 bis. Municipio Industrial Excelente.
  32. TÍTULO IV
  33. Artículo 20. Creación.
  34. Artículo 21. Objeto.
  35. Artículo 22. Composición y adscripción.
  36. Artículo 23. Competencias y funciones.
  37. TÍTULO V
  38. CAPÍTULO I
  39. Artículo 24. Concepto de tutela a emprendedores.
  40. Artículo 25. Asociacionismo como medio de tutela de emprendedores.
  41. Artículo 26. Infraestructuras para la incubación y el desarrollo de proyectos empresariales.
  42. Artículo 27. Plan de apoyo a emprendedores.
  43. CAPÍTULO II
  44. Artículo 28. Coordinación de ayudas públicas.
  45. Artículo 29. Compensación de deudas.
  46. TÍTULO VI
  47. Artículo 30. Créditos, garantías y líneas de apoyo.
  48. Artículo 31. Medidas de impulso a la financiación de los emprendedores.
  49. Artículo 32. Inversores privados.
  50. Artículo 33. Exención en tasas autonómicas.
  51. TÍTULO VII
  52. CAPÍTULO I
  53. Artículo 34. Instrumentos para la Internacionalización.
  54. Artículo 35. Programas de apoyo.
  55. CAPÍTULO II
  56. Artículo 36. Instrumentos para la innovación y el I+D+i.
  57. Artículo 37. Programas de apoyo.
  58. CAPÍTULO III
  59. Artículo 38. Instrumentos para impulsar la cooperación empresarial.
  60. Artículo 39. Programas de apoyo.
  61. Disposición adicional primera. Ampliación de definiciones legales en convocatorias de ayudas y subvenciones.
  62. Disposición adicional segunda. Constitución del Consejo del Emprendimiento de la Región de Murcia y aprobación del Plan de apoyo a emprendedores.
  63. Disposición adicional tercera. Creación del Registro de «Business Angels».
  64. Disposición adicional cuarta. Estudios sectoriales.
  65. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  66. Disposición final primera. Modificación del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre.
  67. Disposición final segunda. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
  68. Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario y aplicación de esta ley.
  69. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  70. [firma]