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Legislación › Ley 6/2013, de 8 de julio, de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas

Disposición adicional cuarta. Servicio de Atención Temprana prestado fuera del SAAD.

Disposición adicional cuarta. Servicio de Atención Temprana prestado fuera del SAAD.

La prestación del Servicio de Atención Temprana tendrá carácter universal para todos los menores de entre 0 y 6 años de la Región de Murcia, cuando el servicio público de valoración determine su necesidad, de acuerdo con los criterios que reglamentariamente se establezcan.

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