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Legislación › Real Decreto 634/2013, de 2 de agosto, por el que se aprueban las directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.

Decimoquinta. Modificación del plan de estudios.

Decimoquinta. Modificación del plan de estudios.

1. La modificación de los planes de estudios previamente establecidos con arreglo a estas directrices generales, que en todo caso habrán de ajustarse a ellas, queda sometida, con carácter general, a las siguientes condiciones:

a) Los planes de estudios tendrán una vigencia temporal mínima equivalente al número de años académicos de que consten.

b) El plan de estudios modificado total o parcialmente, se extinguirá temporalmente curso por curso.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, cuando los avances tecnológicos, didácticos o de otra índole aconsejen la variación de los planes de estudios, por los Ministros de Defensa y del Interior se establecerán sistemas de reconocimiento de créditos de las materias o asignaturas entre el nuevo plan que se apruebe y el anterior.

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