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Legislación › Resolución de 13 de octubre de 2014, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba la disposición que desarrolla el Capítulo III del Título II del Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre y la determinación de los importes de la garantía de operador que se vinculan a las licencias singulares correspondientes a los distintos tipos de juego.

ANEXO III

ANEXO III

Modelo de constitución de seguro de caución

La entidad aseguradora.................................................................................................,

con domicilio en....................................................................................................................

y CIF número.......................................... (en adelante, el asegurador), y en su nombre y representación D............................................................................................., con poderes suficientes para obligarse en este acto según resulta de la escritura de poderes otorgada por................................................. en fecha................................y que en este acto aporta,

ASEGURA

A la entidad........................................................ con CIF número..................................,

en concepto de tomador del seguro, ante la Dirección General de Ordenación del Juego, hasta el importe de..................................................... euros (............. €), en concepto de Seguro de Caución, para responder de las obligaciones del operador de juego identificado como tomador del seguro que se puedan derivar frente a la Dirección General de Ordenación del Juego acorde a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego y de su normativa de desarrollo.

La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurado deba hacer efectiva la garantía.

El asegurador suscribe el presente seguro de caución de forma incondicional e irrevocable y no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.

El asegurador asume el compromiso de indemnizar a la Dirección General de Ordenación del Juego a requerimiento de ésta una vez completado el procedimiento de ejecución establecido en la normativa de aplicación.

El presente Seguro de Caución entrará en vigor en la fecha de su firma y será válido hasta que la Dirección General de Ordenación del Juego autorice su cancelación o devolución.

La presente cobertura podrá extenderse mediante el correspondiente suplemento de ampliación. El importe de la presente garantía se actualizará conforme a lo que resulte de lo dispuesto en la Ley 13/2011, el Real Decreto 1614/2011 y demás normativa de aplicación.

Las notificaciones que deban realizarse las partes de conformidad con este Seguro de Caución, se efectuarán a las respectivas direcciones que se indican a continuación:

• Por parte del asegurador:

........................................................................................................................................

........................................................................................................................................

A la atención de D. .........................................................................................................

• Por parte de la Dirección General del Juego:

Dirección General de Ordenación del Juego.

Calle Atocha, 3.

28012 Madrid.

La entidad aseguradora, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle, se somete expresamente al de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid para la resolución de cualesquiera controversias que pudieran derivarse de la presente garantía.

En Madrid, a .......... de .................................. de 20......

(Firma y sello de la entidad aseguradora)

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