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Legislación › Resolución de 13 de octubre de 2014, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba la disposición que desarrolla el Capítulo III del Título II del Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre y la determinación de los importes de la garantía de operador que se vinculan a las licencias singulares correspondientes a los distintos tipos de juego.

ANEXO IV

ANEXO IV

Modelo de constitución de aval a primer requerimiento

..................................................................................................................................... 2,

con domicilio en ....................................................................................................................

y CIF número .......................... (en adelante, el avalista), y en su nombre y representación D. ..........................................................................., con poderes suficientes para obligarse en este acto según resulta de la escritura de poderes .........................................................

en fecha ................................ y que en este acto aporta,

AVALA

A ........................................................................................................................................ 3,

con domicilio en ...................................................................................................................

y CIF número ............................, y se compromete frente a la Dirección General de Ordenación del Juego, de forma incondicional e irrevocable, a pagar a primer requerimiento de ésta un importe de ......................................................... euros 4 (............... euros 5), en garantía de las obligaciones asumidas por la entidad avalada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego y de su normativa de desarrollo.

El pago se efectuará mediante abono del referido importe en los dos (2) días hábiles siguientes al de la fecha del requerimiento, en la cuenta corriente indicada en el requerimiento que curse la Dirección General de Ordenación del Juego. La obligación asumida por el avalista en virtud del presente aval es irrevocable, incondicional y exigible a primer requerimiento. El avalista renuncia expresamente a los beneficios de división, orden y excusión, no siendo oponible frente a la Dirección General de Ordenación del Juego las excepciones que puedan proceder contra el avalado.

El presente aval será de duración indefinida, entrará en vigor en la fecha de su firma y será válido hasta que la Dirección General de Ordenación del Juego autorice su cancelación o devolución. La presente cobertura podrá extenderse mediante el correspondiente suplemento de ampliación. El importe de la presente garantía se actualizará conforme a lo que resulte de lo dispuesto en la Ley 13/2011, el Real Decreto 1614/2011 y demás normativa de aplicación.

Las notificaciones que deban realizarse las partes de conformidad con este aval a primer requerimiento, se efectuarán a las respectivas direcciones que se indican a continuación:

• Por parte del avalista:

............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

A la atención de D. .........................................................................................................

• Por parte de la Dirección General de Ordenación del Juego:

Dirección General de Ordenación del Juego.

Calle Atocha, 3.

28012 Madrid.

2 Identificación de la entidad avalista.

3 Identificación de la entidad avalada.

4 Importe en letra.

5 Importe en cifra.

El avalista, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle, se somete expresamente al de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid para la resolución de cualesquiera controversias que pudieran derivarse de la presente garantía. Este aval ha quedado inscrito en esta misma fecha el Registro Especial de avales de la entidad avalista con el número ............................

En Madrid, a .......... de .................................. de 20......

(Firma y sello del avalista)

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