Legislación › Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Disposición adicional vigesimoctava. Resoluciones sobre la tasa de desempleo, aplicables a los jóvenes mayores de 25 años y menores de 30.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de abril de 2017 y la del 29 de junio de 2017. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Disposición adicional vigesimoctava. Resoluciones sobre la tasa de desempleo, aplicables a los jóvenes mayores de 25 años y menores de 30.
La ampliación de la edad máxima de acceso al Sistema Nacional de la Garantía Juvenil prevista en el artículo 88. d), y en el artículo 97.c), será de aplicación tras la publicación de la resolución que dicte la Unidad orgánica correspondiente que designe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, teniendo en cuenta la Encuesta de Población Activa del último trimestre de año. Dicha resolución será actualizada con carácter anual.
La falta de resolución expresa en los tres primeros meses del ejercicio posterior al de referencia, implicará la prórroga tácita de la ampliación del ámbito de aplicación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, salvo resolución expresa en contra.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de marzo de 2019 En vigor | BOE-A-2019-3481 | Leer | Qué cambió |
| 29 de junio de 2017 | BOE-A-2017-7387 | Leer | Qué cambió |
| 29 de abril de 2017 | BOE-A-2017-4678 | Leer | Qué cambió |
| 30 de julio de 2015 | BOE-A-2015-8469 | Leer |
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