Legislación › Ley 19/2014, de 15 de octubre, por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas.
preambulo
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
La Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, establece en su artículo 4.4 que cuando estén constituidos varios Colegios de la misma profesión de ámbito inferior al nacional, existirá un Consejo General de Colegios, cuya creación ha de tener lugar mediante Ley del Estado, a tenor de lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley 12/1983, de 14 de octubre, del Proceso Autonómico.
La situación antes descrita se produce en la actualidad en relación con la profesión de Dietista-Nutricionista, por lo que resulta procedente constituir mediante esta norma el correspondiente Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas.


