Legislación › Ley 8/2014, de 1 de octubre, por la que se establece un marco de financiación estable para la Universidad de Extremadura.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. La presente Ley será de aplicación a la financiación dispuesta por la Comunidad Autónoma de Extremadura a favor de la Universidad de Extremadura.
2. No se incluyen en la financiación regulada por la presente Ley aquellos fondos transferidos por otras Administraciones Públicas a la Comunidad Autónoma de Extremadura destinados a la realización en la Universidad de Extremadura de actividades concretas, previamente definidas por la Administración financiadora, que no sean susceptibles de incorporación a la financiación por objetivos.


