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Legislación › Resolución de 31 de octubre de 2014, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de octubre de 2014, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales.

ANEXO III

ANEXO III

Matriz de cálculo del índice de gravedad potencial de incendio forestal

Según se indicaba en el apartado 2.2 de la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales, al objeto de facilitar una movilización eficaz y coordinada de los medios y recursos de extinción; y priorizar su utilización en situaciones de simultaneidad de incendios forestales, en varias Comunidades Autónomas, se propone una matriz de cálculo del índice de gravedad potencial de forma que la determinación de este índice pueda llegar a ser homogéneo para todo el territorio y por lo tanto más fácilmente comparable.

En su determinación se tendrán en cuenta los factores que aparecen en la columna de la izquierda de la matriz. Para determinar el Índice de Gravedad Potencial, se suman las puntuaciones de aquellos factores presentes en el incendio. Cada factor tiene en la matriz una puntuación de 1, 3 y 5 puntos respectivamente. El sumatorio de las distintas puntuaciones para cada factor, determina la gravedad según la siguiente puntuación.

Incendio de gravedad

Sumatorio de puntos

Baja.

6-12

Moderada.

13-26

Alta.

27-42

Severa.

43-55

De acuerdo a esta tabla, todo incendio forestal puede ser clasificado de acuerdo a su índice de gravedad según la siguiente escala.

– Incendio de Gravedad Baja. Incendio que, por su comportamiento y evolución no reviste gravedad para las personas, ni bienes de especial relevancia o valor ecológico.

– Incendio de Gravedad Moderada. Incendio que, por su comportamiento, no reviste gravedad para las personas, aunque puede que sí para bienes de especial vulnerabilidad.

– Incendio de Gravedad Alta. Incendio que, por su comportamiento, reviste gravedad para las personas, además de para bienes especialmente vulnerables.

– Incendio de Gravedad Suma. Incendio que, por su comportamiento, reviste gravedad máxima para las personas, además de para bienes espacialmente vulnerables. Siendo imprescindible la adopción de medidas de protección y socorro.

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