Legislación › Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea.
Artículo 1. Objeto de la ley.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de diciembre de 2014 y la del 8 de noviembre de 2024.
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Artículo 1. Objeto de la ley.
Esta Ley ley orgánica tiene por objeto regular el régimen aplicable al intercambio de información sobre antecedentes penales de las personas físicas entre el Registro Central de Penados y las autoridades responsables de los registros nacionales de cada uno de los Estados miembros de la Unión Europea y a la consideración en los procesos penales tramitados en España de resoluciones condenatorias definitivas y firmes dictadas con anterioridad por un órgano jurisdiccional penal por la comisión de un delito con anterioridad contra las mismas personas físicas en otros países Estados miembros de la Unión Europea.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de noviembre de 2024 En vigor | BOE-A-2024-21414 | Leer | Qué cambió |
| 3 de diciembre de 2014 | Texto original | Leer |


