Legislación › Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears.
Artículo 25. Libertad de precios.
Artículo 25. Libertad de precios.
Los precios de venta de los productos tienen que ser los que determinen libremente los comerciantes, y ofrecidos, con carácter general, de acuerdo con lo que dispone la legislación sobre defensa de la competencia y sobre competencia desleal, sin perjuicio de la normativa reguladora de la venta con pérdida y las excepciones establecidas en leyes especiales.


