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Legislación › Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears.

Artículo 60. Responsabilidad.

Artículo 60. Responsabilidad.

La responsabilidad administrativa por las infracciones tipificadas en esta ley corresponde a la persona física o jurídica que haga las acciones u omisiones tipificadas en ella. Se presume que las han hecho los titulares de la empresa o de la actividad comercial de que se trate.

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