Legislación › Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears.
Artículo 60. Responsabilidad.
Artículo 60. Responsabilidad.
La responsabilidad administrativa por las infracciones tipificadas en esta ley corresponde a la persona física o jurídica que haga las acciones u omisiones tipificadas en ella. Se presume que las han hecho los titulares de la empresa o de la actividad comercial de que se trate.


