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Legislación › Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears.

Disposición adicional octava. Fomento de las asociaciones empresariales de comercio más representativas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de octubre de 2014 y la del 18 de diciembre de 2016. Tachado: lo que se quitó (21 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional octava. Fomento de las asociaciones empresariales de comercio más representativas.
Las administraciones públicas de las Illes Balears, Balears con competencias en materia de comercio, tienen que comercio pueden promover el fomento de las asociaciones organizaciones sindicales y empresariales de comercio más representativas, con representación de todo suficiente representatividad para negociar el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears. convenio laboral del sector comercio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de diciembre de 2016 En vigor BOE-A-2017-268 Leer Qué cambió
19 de octubre de 2014 Texto original Leer

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