Legislación › Circular 2/2014, de 31 de enero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre el ejercicio de diversas opciones regulatorias contenidas en el Reglamento (UE) n.º 575/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012.
Norma vigésima primera. Índices bursátiles.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de febrero de 2014 y la del 10 de febrero de 2016.
Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Norma vigésima primera. Índices bursátiles.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 344.2 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, las entidades podrán seguir aplicando el tratamiento contemplado en los artículos 344.3 y 344.4 del Reglamento (UE) n.º 575/2013. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de febrero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-1238 | Leer | Qué cambió |
| 6 de febrero de 2014 | Texto original | Leer |


