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Legislación › Circular 2/2014, de 31 de enero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre el ejercicio de diversas opciones regulatorias contenidas en el Reglamento (UE) n.º 575/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012.

Norma vigésima primera. Índices bursátiles.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de febrero de 2014 y la del 10 de febrero de 2016. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Norma vigésima primera. Índices bursátiles.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 344.2 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, las entidades podrán seguir aplicando el tratamiento contemplado en los artículos 344.3 y 344.4 del Reglamento (UE) n.º 575/2013. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de febrero de 2016 En vigor BOE-A-2016-1238 Leer Qué cambió
6 de febrero de 2014 Texto original Leer

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