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Legislación › Circular 2/2014, de 31 de enero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre el ejercicio de diversas opciones regulatorias contenidas en el Reglamento (UE) n.º 575/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012.

Norma vigésima segunda. Riesgos distintos del delta en instrumentos sobre materias primas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de febrero de 2014 y la del 10 de febrero de 2016. Tachado: lo que se quitó (42 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Norma vigésima segunda. Riesgos distintos del delta en instrumentos sobre materias primas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 358.4 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, las entidades podrán seguir utilizando el tratamiento que hubiesen venido aplicando de acuerdo con el tercer párrafo del apartado 13 de la norma nonagésima de la CBE 3/2008. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de febrero de 2016 En vigor BOE-A-2016-1238 Leer Qué cambió
6 de febrero de 2014 Texto original Leer

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