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Legislación › Circular 2/2014, de 31 de enero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre el ejercicio de diversas opciones regulatorias contenidas en el Reglamento (UE) n.º 575/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012.

Norma tercera septies. Cálculo del importe de la financiación estable requerida.

Norma tercera septies. Cálculo del importe de la financiación estable requerida.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 428 septdecies.10 y 428 bis octodecies.10 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, los factores de financiación estable requerida que las entidades de crédito deben aplicar a las exposiciones fuera de balance no contempladas en el capítulo 4 del Título IV de la Parte Sexta del Reglamento (UE) n.º 575/2013 deben ser los índices de salida relativos a otros productos y servicios especificados en el artículo 23 del Reglamento Delegado (UE) n.º 2015/61.

Se añade por la norma segunda.7 de la Circular 3/2022, de 30 de marzo. BOE-A-2022-5524

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