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Legislación › Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Disposición transitoria segunda. Convalidación de módulos de Formación y orientación laboral de títulos amparados en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Disposición transitoria segunda. Convalidación de módulos de Formación y orientación laboral de títulos amparados en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

1. Mientras continúen impartiéndose ciclos formativos amparados en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, los módulos profesionales de Formación y orientación laboral de títulos de Grado Medio serán convalidados por la Dirección del centro educativo cuando se aporte cualquier módulo de Formación y orientación laboral de títulos de formación profesional derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

2. Asimismo, la convalidación de módulos profesionales de Formación y orientación laboral de títulos de Grado Superior derivados de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, no será posible cuando se aporten módulos profesionales de Formación y orientación laboral de títulos derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Se añade por el art. único.8 de la Orden ECD/1055/2017, de 26 de octubre. BOE-A-2017-12559

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