Legislación › Ley 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear.
Artículo 27. Tipo de gravamen.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de noviembre de 2014 y la del 24 de julio de 2015.
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Artículo 27. Tipo de gravamen.
El tipo de gravamen del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear es de 800.000 euros por tonelada de combustible utilizado.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de este precepto desde el 17 de julio de 2015 para las partes en el proceso y desde el 24 de julio de 2015 para los terceros por providencia del TC que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4292/2015. BOE-A-2015-8266.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-13384 | Leer | Qué cambió |
| 24 de julio de 2015 | BOE-A-2015-8266 | Leer | Qué cambió |
| 1 de noviembre de 2014 | Texto original | Leer |


