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Legislación › Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón.

Artículo 55. Protección a las menores.

Artículo 55. Protección a las menores.

Se prestará especial atención a la embarazada menor de edad, que tendrá derecho a una asistencia específica, incluyendo, al menos, las siguientes prestaciones:

1. Formación y asesoramiento en relaciones y valores afectivo-sexuales.

2. Formación para el desarrollo de la parentalidad positiva.

3. Apoyo psicológico antes y después del parto.

4. Atención singular en el centro escolar para adecuar el programa curricular a sus circunstancias particulares, durante el proceso de gestación y posteriormente.

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