LexTotal

Legislación › Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón.

Disposición adicional segunda. Asimilación a descendientes.

Disposición adicional segunda. Asimilación a descendientes.

A los efectos de esta ley se asimilarán a los descendientes las personas unidas en razón de tutela, acogimiento o ejercicio de la autoridad familiar por persona distinta de los progenitores.

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →