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Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 28 de noviembre de 2014 · Último cambio el 28 de noviembre de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Definiciones.
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 3. Competencias del Consejo de Ministros.
  8. Artículo 4. Competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
  9. Artículo 5. Competencias de los departamentos ministeriales.
  10. Artículo 6. Comisión interministerial de coordinación en materia de tratados y otros acuerdos internacionales.
  11. Artículo 7. Competencias de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla y Entidades Locales.
  12. TÍTULO II
  13. CAPÍTULO I
  14. Artículo 8. Denominación del Estado español.
  15. Artículo 9. Nombramiento de representantes de España.
  16. Artículo 10. Plenos poderes.
  17. CAPÍTULO II
  18. Artículo 11. Negociación.
  19. Artículo 12. Adopción.
  20. Artículo 13. Autenticación.
  21. Artículo 14. Autorización de firma y actos de naturaleza similar.
  22. Artículo 15. Aplicación provisional.
  23. Artículo 16. Manifestación del consentimiento en obligarse por un tratado.
  24. Artículo 17. Trámites internos previos a la manifestación del consentimiento en obligarse por un tratado internacional.
  25. Artículo 18. Información al Congreso de los Diputados y al Senado.
  26. Artículo 19. Control previo de constitucionalidad.
  27. Artículo 20. Canje o depósito de los instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación y adhesión.
  28. Artículo 21. Reservas y declaraciones.
  29. Artículo 22. Firma del instrumento de manifestación del consentimiento por el Rey.
  30. CAPÍTULO III
  31. Artículo 23. Publicación en el Boletín Oficial del Estado y entrada en vigor.
  32. Artículo 24. Contenido de la publicación.
  33. Artículo 25. Registro.
  34. Artículo 26. Custodia y depósito.
  35. Artículo 27. Publicaciones periódicas.
  36. CAPÍTULO IV
  37. Artículo 28. Eficacia.
  38. Artículo 29. Observancia.
  39. Artículo 30. Ejecución.
  40. Artículo 31. Prevalencia de los tratados.
  41. Artículo 32. Declaración de inconstitucionalidad.
  42. Artículo 33. Efectos jurídicos de las reservas, ámbito territorial, cláusula de la nación más favorecida y aplicación de tratados sucesivos concernientes a la misma materia.
  43. Artículo 34. Retirada de las reservas y de las objeciones a las reservas.
  44. Artículo 35. Reglas de interpretación.
  45. CAPÍTULO V
  46. Artículo 36. Enmienda.
  47. Artículo 37. Denuncia y suspensión.
  48. TÍTULO III
  49. Artículo 38. Requisitos.
  50. Artículo 39. Informe.
  51. Artículo 40. Tramitación interna.
  52. Artículo 41. Publicación y entrada en vigor.
  53. Artículo 42. Recopilaciones.
  54. TÍTULO IV
  55. Artículo 43. Naturaleza.
  56. Artículo 44. Competencia.
  57. Artículo 45. Informe.
  58. Artículo 46. Tramitación interna.
  59. Artículo 47. Mención expresa del Estado.
  60. Artículo 48. Registro.
  61. TÍTULO V
  62. CAPÍTULO I
  63. Artículo 49. Propuesta de apertura de negociaciones.
  64. Artículo 50. Deber de información.
  65. Artículo 51. Participación en la delegación española.
  66. CAPÍTULO II
  67. Artículo 52. Celebración de acuerdos internacionales administrativos.
  68. Artículo 53. Celebración de acuerdos internacionales no normativos.
  69. Disposición adicional primera. Comunicación a otros sujetos de Derecho Internacional.
  70. Disposición adicional segunda. Régimen de la acción exterior de la Unión Europea.
  71. Disposición adicional tercera. Sometimiento al principio de estabilidad presupuestaria.
  72. Disposición adicional cuarta. Contribuciones o aportaciones que realice la Administración General del Estado así como los organismos públicos dependientes de ella no previstas en Tratados y Acuerdos Internacionales.
  73. Disposición adicional quinta. Actos de aplicación de tratados internacionales para evitar la doble imposición y acuerdos sobre precios de transferencia.
  74. Disposición adicional sexta. Régimen foral vasco.
  75. Disposición adicional séptima. Régimen específico de la Comunidad Foral de Navarra.
  76. Disposición adicional octava. Accesibilidad en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
  77. Disposición derogatoria. Derogación normativa.
  78. Disposición final primera. Título competencial.
  79. Disposición final segunda. Registro de acuerdos internacionales no normativos.
  80. Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
  81. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  82. Firma