Legislación › Real Decreto 971/2014, de 21 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de evaluación de productos fitosanitarios.
Artículo 23. Régimen sancionador.
Artículo 23. Régimen sancionador.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto o en la reglamentación comunitaria a que se refiere el artículo 1, y sin perjuicio de las posibles responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido, en función de la materia, en:
a) Las letras a), b), d), f), h) e i) del artículo 54, las letras a), b), c), d), e), g), i), j), l) y p) del artículo 55, y en las letras a), b), d) y e) del artículo 56, de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre.
b) Los números 1.º y 2.º de la letra a), en los números 1.º, 2.º, 3.º y 5.º de la letra b), y en el número 1.º de la letra c), del apartado 2 del artículo 57, de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
c) O en las letras a), c), d), f), g), h) y k) del apartado 1 del artículo 49 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.


