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Legislación › Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Artículo 6. Umbral mínimo para poder recibir pagos directos.

Artículo 6. Umbral mínimo para poder recibir pagos directos.

No se concederán pagos directos a los agricultores cuyo importe total antes de aplicar las penalizaciones administrativas por incumplimiento de los criterios de admisibilidad sea inferior a:

a) 100 euros para 2015.

b) 200 euros para 2016.

c) 300 euros a partir de 2017.

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