LexTotal

Legislación › Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común.

Artículo 4. Tipos de derechos.

Artículo 4. Tipos de derechos.

Los derechos de pago básico se clasifican en función de su origen:

a) Derechos procedentes de la asignación inicial: aquellos que se asignan a los agricultores con arreglo a lo establecido en el artículo 10.

b) Derechos procedentes de la reserva nacional: aquellos que se asignan a los agricultores que solicitan derechos de la reserva nacional con arreglo a lo dispuesto en el artículo 24.

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →