Legislación › Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común.
ANEXO V
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de abril de 2015 y la del 1 de enero de 2016.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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ANEXO V
Documentación acreditativa de los solicitantes a la reserva nacional
Con carácter general, los solicitantes deberán presentar:
1. Una relación detallada de todas y cada una de las parcelas de su explotación de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
2. Cualquier otra documentación que determine la autoridad competente.
En particular:
1. Agricultores legitimados para recibir derechos de ayuda o para aumentar el valor de los derechos existentes en virtud de una sentencia judicial firme o de un acto administrativo firme:
Copia de la sentencia o del acto administrativo firme.
2. Jóvenes agricultores y agricultores que comiencen su actividad agrícola:
Documento que acredite la fecha de alta en la seguridad social, correspondiente a la actividad agraria que determinó su incorporación.
La presentación de este documento podrá ser sustituida por una autorización a los órganos competentes de las comunidades autónomas para recabar directamente de la Tesorería General de la Seguridad Social la certificación o información que justifique el desarrollo de una actividad agraria y el inicio de la misma.
3. Agricultores que no hayan tenido acceso a la primera asignación de derechos de pago básico en 2015 por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, en los casos 24.5.b) y 24.5.c) del real decreto:
– Justificante que acredite alguna de las causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales relacionadas en el anexo Ill, o bien una de las siguientes:
a. Circunstancias excepcionales relacionadas con el programa nacional para el fomento de actividades agrícolas específicas que reporten mayores beneficios agroambientales en determinadas especies del sector de los frutos de cáscara establecido, en el año 2013, en el Real Decreto 202/2012, de 23 de enero.
b. No presentación de la solicitud única en 2013 o en 2015, por causas atribuibles a la entidad colaboradora.
– Además de la documentación relacionada en el anexo Ill de este real decreto que proceda en cada caso, se aportarán los documentos justificativos de las causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales descritas en el presente anexo:
1. Declaración jurada sobre la rotación de cultivos en la explotación el año 2013 que justifique la imposibilidad de solicitar la ayuda específica ese año.
2. Liquidación del seguro de responsabilidad civil por parte de la entidad colaboradora y declaración jurada sobre la omisión cometida por parte de la misma.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2017 En vigor | BOE-A-2016-12604 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2015-14282 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 2015 | BOE-A-2015-4521 | Leer | Qué cambió |
| 21 de diciembre de 2014 | Texto original | Leer |


