Legislación › Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.
Disposición adicional segunda. Supresión de órganos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de diciembre de 2014 y la del 13 de junio de 2026.
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Disposición adicional segunda. Supresión de órganos.
A la fecha de constitución efectiva de la Agencia, queda suprimida la Dirección General de Ferrocarriles y Quedan suprimidos los siguientes órganos dependientes de ella: operativos:
a) La Subdirección General de Planificación y Proyectos. Infraestructuras.
b) La Subdirección General de Construcción. Coordinación de la Seguridad Ferroviaria.
c) La Subdirección General División de Coordinación Ferroviaria. Administración.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-12711 | Leer | Qué cambió |
| 24 de diciembre de 2014 | Texto original | Leer |
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