LexTotal

Legislación › Ley 16/2014, de 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea.

Artículo 22. Desarrollo y aplicación del derecho de la Unión Europea.

Artículo 22. Desarrollo y aplicación del derecho de la Unión Europea.

La Generalidad aplica y ejecuta el derecho de la Unión Europea en el ámbito de sus competencias. La existencia de una regulación europea no modifica la distribución interna de competencias que establecen la Constitución y el Estatuto.

← Artículo 21 Índice Artículo 23 →