Legislación › Ley 2/2014, de 26 de noviembre, de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 22. Compatibilidad con otros ingresos tributarios.
Artículo 22. Compatibilidad con otros ingresos tributarios.
El canon del agua residual es compatible con los tributos previstos en la legislación estatal de aguas y costas y con los que establezcan los municipios por la prestación del servicio de saneamiento municipal.


