LexTotal

Legislación › Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha.

Artículo 25. Bonificaciones de la cuota tributaria por actuaciones en suelo industrial y terciario.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de junio de 2021 y la del 8 de febrero de 2022. Tachado: lo que se quitó (58 palabras). Subrayado: lo que se añadió (26 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 25. Bonificaciones de la cuota tributaria por actuaciones en suelo industrial y terciario de zonas rurales. terciario.
1. Se establece una bonificación del 50 por ciento de la cuota tributaria del impuesto Impuesto sobre transmisiones patrimoniales Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados, Actos Jurídicos Documentados, en la modalidad de actos jurídicos documentados, Actos Jurídicos Documentados, para las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten los actos de agrupación, agregación, segregación y división que se efectúen sobre suelos destinados a uso industrial o terciario y situados terciario.
2. Si los actos expresados
en el párrafo anterior se producen en alguno de los municipios incluidos en las zonas a que se refieren los artículos 12 y 13 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.
2. En función del municipio donde se ubique el suelo sobre el que se realizan los actos expresados en el número anterior,
el importe de la bonificación será:
a) Suelos ubicados en municipios incluidos en zonas de riesgo de despoblación: bonificación del 75 por ciento.
b) Suelos ubicados en municipios incluidos en zonas de intensa despoblación: bonificación del 85 por ciento.
c) Suelos ubicados en municipios incluidos en zonas de extrema despoblación: bonificación del 95 por ciento.
3. La aplicación de la bonificación prevista requerirá que en la escritura o acta notarial que documenta el acto de agrupación, agregación, segregación y división quede expresamente recogido que el suelo sobre el que se actúa está destinado a uso industrial o terciario.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2022 En vigor BOE-A-2022-4919 Leer Qué cambió
1 de junio de 2021 BOE-A-2021-11513 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2019 BOE-A-2020-1997 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 Texto original Leer

← Artículo 24 Índice Artículo 26 →