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Legislación › Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 23. Modificaciones del Impuesto sobre el daño medioambiental causado por las grandes áreas de venta.

Artículo 23. Modificaciones del Impuesto sobre el daño medioambiental causado por las grandes áreas de venta.

Se modifica el apartado 1 del artículo 22 del Texto Refundido de la Legislación sobre Impuestos Medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, con la siguiente redacción:

«1. La cuota íntegra del impuesto se obtendrá de aplicar a la base imponible la siguiente escala de gravamen:

B.I.

hasta m²

Cuota resultante euros

Resto B.I.

hasta m²

Tipo aplicable

euros/m²

2.000

0

1.000

10,20

3.000

10.200

2.000

12,75

5.000

35.700

5.000

14,70

10.000

109.200

en adelante

13,50»

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