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Legislación › Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero, por la que se delegan facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Artículo 6. Autoridad de precios en el Ministerio de Defensa.

Artículo 6. Autoridad de precios en el Ministerio de Defensa.

Se nombra al Director General de Asuntos Económicos, autoridad de precios del Ministerio de Defensa a los siguientes efectos:

1. Los que se derivan de la delegación de competencias delegadas en el apartado 1 del artículo 3.

2. La elaboración de las instrucciones del Secretario de Estado de Defensa, cuando estén referidas al análisis de costes y precios en el ámbito del Ministerio de Defensa.

3. Los que se deriven de los memorandos de entendimiento y demás acuerdos técnicos de carácter internacional en que se haga referencia a la autoridad nacional de precios o se establezca que los precios de las actividades o prestaciones de las empresas españolas que participan en programas de cooperación internacional se fijarán o aprobarán con arreglo a las prácticas y normas nacionales.

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