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Legislación › Ley Foral 2/2014, de 17 de febrero, por la que se regulan los órganos rectores de determinadas fundaciones.

Artículo 2. El patronato.

Artículo 2. El patronato.

1. El patronato será el órgano superior de gobierno y decisión de las fundaciones sometidas a las disposiciones de esta ley foral.

2. El patronato estará presidido por la persona nombrada para la presidencia.

3. Del patronato dependerá jerárquicamente la dirección.

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