Legislación › Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.
Artículo 136. Tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional del impuesto sobre hidrocarburos.
Artículo 136. Tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional del impuesto sobre hidrocarburos.
El tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional del impuesto sobre hidrocarburos, regulado por el artículo 52 bis.6.a de la Ley del Estado 38/1992, de 28 de diciembre, de impuestos especiales, es de 48 euros por 1.000 litros.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el DOGC núm. 6576, de 6 de marzo de 2014. DOGC-f-2014-90532


