Legislación › Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.
Artículo 16. Adición de un apartado 11 al artículo 71 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.
Artículo 16. Adición de un apartado 11 al artículo 71 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.
Se añade un apartado, el 11, al artículo 71 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, con el siguiente texto:
«71.11 En los usos de agua destinada al abastecimiento a terceros, efectuados directamente del lago de Banyoles, el tipo se afecta de un coeficiente 0.»


