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Legislación › Real Decreto 176/2014, de 21 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las iniciativas y quejas relativas al régimen de personal y a las condiciones de vida que pueda plantear el militar.

Artículo 8. Adopción de acuerdos sobre las iniciativas.

Artículo 8. Adopción de acuerdos sobre las iniciativas.

La autoridad competente, tras el estudio realizado, adoptará un acuerdo motivado que comunicará al interesado. También se dará cuenta de dicho acuerdo al jefe de la unidad y a la autoridad que remitió el expediente.

El plazo en el que deberá adoptarse el acuerdo será de seis meses.

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