Legislación › Ley 2/2014, de 21 de marzo, de Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 15. Estudio de cargas administrativas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de marzo de 2014 y la del 8 de junio de 2025.
Tachado: lo que se quitó (107 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 15. Estudio de cargas administrativas.
En la tramitación de los proyectos de ley y de las disposiciones de carácter general cuya elaboración corresponda a la Administración regional, se realizará un estudio de cargas administrativas que se incorporará a la memoria de análisis de impacto normativo prevista en el artículo 46.3 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, con la finalidad de valorar el impacto de la nueva regulación y evitar la generación innecesaria de nuevas trabas para los ciudadanos, y, especialmente, para la implantación y desarrollo de actividades empresariales o profesionales que pudieran dificultar el desarrollo económico. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de junio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-90130 | Leer | Qué cambió |
| 28 de marzo de 2014 | Texto original | Leer |


