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Legislación › Ley 2/2014, de 21 de marzo, de Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

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Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. La presente ley será de aplicación a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, entendiéndose por ella, a los efectos de esta norma, su Administración general, sus organismos públicos vinculados o dependientes, así como las demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración regional cuando ejerzan potestades administrativas.
2. Será de aplicación a las entidades locales radicadas en el territorio de la Región de Murcia las finalidades y principios generales de esta ley, así como aquellos aspectos de los títulos II y III y disposiciones finales que se refieran expresamente a las mismas.
3. No será de aplicación a las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-90130 Leer Qué cambió
28 de marzo de 2014 Texto original Leer

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