Legislación › Ley 2/2014, de 21 de marzo, de Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Disposición transitoria segunda. Proyectos declarados de interés estratégico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de marzo de 2014 y la del 8 de junio de 2025.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición transitoria segunda. Proyectos declarados de interés estratégico.
Los proyectos declarados de interés estratégico de conformidad con la Ley 7/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y de Fomento Económico en la Región de Murcia, así como los declarados por la Comisión Delegada del Consejo de Gobierno para Asuntos Económicos mantendrán dicha declaración, siéndoles de aplicación las disposiciones previstas en la presente ley. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de junio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-90130 | Leer | Qué cambió |
| 28 de marzo de 2014 | Texto original | Leer |
← Disposición transitoria primera Índice Disposición derogatoria única →


