Legislación › Real Decreto 227/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Información y Control Alimentarios.
Artículo 12. Impugnación y reclamaciones contra los actos de la Agencia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de mayo de 2014 y la del 13 de junio de 2026.
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Artículo 12. Impugnación y reclamaciones contra los actos de la Agencia.
Los actos y resoluciones del Director de la Dirección de la Agencia no ponen fin a la vía administrativa, salvo en materia de personal, y contra los mismos se podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario General la Presidencia de Agricultura y Alimentación. la Agencia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-12711 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 2014 | Texto original | Leer |


