Legislación › Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
Artículo 18. Obligaciones específicas adicionales a la separación funcional.
Artículo 18. Obligaciones específicas adicionales a la separación funcional.
Las empresas a las que se haya impuesto o que hayan decidido la separación funcional podrán estar sujetas a cualquiera de las obligaciones específicas enumeradas en el artículo 14 en cualquier mercado de referencia en que hayan sido designadas como poseedoras de poder significativo en el mercado.


