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Legislación › Convenio entre el Reino de España y la República de Chipre para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, y su Protocolo, hechos en Nicosia el 14 de febrero de 2013.

Protocolo

Protocolo

En el momento de proceder a la firma del Convenio entre el Reino de España y la República de Chipre para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, los signatarios han convenido las siguientes disposiciones que constituirán parte integrante del Convenio:

I. Derecho a acogerse a los beneficios del Convenio:

El presente Convenio no se interpretará en el sentido de impedir a un Estado contratante aplicar las disposiciones de su normativa interna relativas a la prevención de la evasión y elusión fiscales.

II. En relación con el artículo 13:

A los efectos de determinar el valor al que se hace referencia en el apartado 4, se aplicará la legislación interna del Estado contratante donde esté situado el bien inmueble.

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