Legislación › Resolución de 14 de mayo de 2014, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el Protocolo de Coordinación para la asistencia a las víctimas de accidentes de aviación civil y sus familiares.
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13. Ejercicios y simulacros
Anualmente cada compañía aérea realizará un ejercicio de simulación interno, y realizará un informe descriptivo del ejercicio realizado, duración, actores involucrados, desarrollo del mismo y acciones de mejora identificadas. De dicho informe dará traslado a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y a la Oficina de Asistencia a Víctimas (OAV).
La Oficina de Asistencia a Víctimas (OAV) promoverá la celebración anual de simulacros a tal efecto, se planificará que cada 3 años, dos compañías aéreas con licencia de explotación española, se sujeten a un simulacro de accidente aéreo que ponga a prueba la organización y los procedimientos previstos en el presente Protocolo, contribuyendo así a la introducción de mejoras en el mismo y el mejor adiestramiento de las personas intervinientes en su aplicación. Asimismo se planificará que las distintas personas de contacto AGE se sucedan en la realización de dicho simulacro como Personas de Contacto responsables del mismo. El calendario de realización y las compañías involucradas se pactará por la Oficina de Asistencia a las Víctimas y las compañías aéreas sujetas a esta obligación, con al menos 8 meses antes de su celebración y se procurará su coordinación con los simulacros que se realicen en el marco de los planes de Autoprotección de Aeropuertos.
Las compañías aéreas podrán trabajar de forma conjunta y realizar un simulacro de forma coordinada por alianzas comerciales o unidas en un único grupo, en caso de que la compañía aérea no esté integrada en ninguna alianza comercial. Las compañías aéreas podrán hacer coincidir sus simulacros con los simulacros de emergencia aeroportuarios de carácter aeronáutico.
Preferiblemente, se promoverá la asistencia de otras compañías aéreas como observadores, de forma que anualmente cada compañía realice un simulacro o participe como observador en el simulacro dirigido por otra compañía aérea.
En los simulacros participarán los gestores aeroportuarios involucrados y se invitará a la participación en los mismos como observadores a las Personas de Contacto de asistencia a las víctimas o familiares designadas por las Comunidades Autónomas o por la AGE que no jueguen ese papel durante dicho simulacro. En estos simulacros participará la Oficina de Asistencia a Víctimas, que elaborará un informe sobre su desarrollo y posibles acciones de mejora.


