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Legislación › Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.

Apartado 5

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5. Profesorado.
5.1. 5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales asociados al perfil profesional, y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Alojamiento y Lavandería son:
Módulo profesional
·
Especialidad del profesorado / otros
·
Cuerpo de la especialidad del profesorado
·
3130 3130. Puesta a punto de habitaciones y zonas comunes en alojamiento.
3077. Materiales y productos textiles
3093. Lavado y secado de ropa.
3094. Planchado y embolsado de ropa.
3131 3131. Lavandería y mantenimiento de lencería en el alojamiento.
3039. Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering.
·
Especialidad:
•
– Patronaje y confección confección.
• – Cocina y pastelería.
• – Servicios de restauración.
Otros:
• Profesor especialista, en su caso.
·
• Profesor Técnico – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
– Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
·
3005. Atención al cliente. ·
Especialidad:
•
– Patronaje y confección confección.
• – Cocina y pastelería.
• – Servicios de restauración.
• Procesos comerciales ·
Otros: – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
• Profesor especialista, – Cuerpo de Profesores Especialistas en su caso. Sectores Singulares de la Formación Profesional.
·
• Profesor Técnico – Procesos comerciales. ·
– Catedráticos
de Enseñanza Secundaria.
– Profesores de Enseñanza Secundaria.
– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de
Formación Profesional.
·
3132. Formación en centros 3160. Proyecto intermodular de trabajo. aprendizaje colaborativo. ·
• – Patronaje y confección confección.
• – Cocina y pastelería.
• – Servicios de restauración restauración.
·
• Profesor Técnico – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. ·
6.2[sic]. Las titulaciones requeridas para – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la impartición Formación Profesional.
·
– Procesos comerciales. ·
– Catedráticos
de Enseñanza Secundaria.
– Profesores de Enseñanza Secundaria.
– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
·
– Especialidades docentes asignadas a
los módulos profesionales, para ámbitos no profesionales de los centros ciclos formativos de titularidad privada o grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de titularidad pública 18 de otras administraciones distintas abril. ·
– Catedráticos
de las educativas, son: Enseñanza Secundaria.
Módulos Profesionales – Profesores de Enseñanza Secundaria.
·
Titulaciones
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. ·
3130 Puesta a punto de habitaciones y zonas comunes en alojamiento.
3077. Materiales
– Formación y productos textiles. Orientación Laboral. ·
3093. Lavado y secado – Catedráticos de ropa. Enseñanza Secundaria.
3094. Planchado y embolsado – Profesores de ropa. Enseñanza Secundaria.
3131. Lavandería ·
5.2 Requisitos para el profesorado.
1. La docencia de los módulos profesionales
y mantenimiento de lencería proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado de las especialidades establecidas en el alojamiento.
3039. Preparación y montaje
apartado 5.1 pertenecientes a los cuerpos indicados en dicha tabla, sin perjuicio de materiales para colectividades lo establecido en la disposición transitoria sexta del Reglamento de ingreso, accesos y catering.
3005. Atención al cliente.
3132. Formación
adquisición de nuevas especialidades en centros los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de trabajo.
·
• Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o
3 de mayo, de Educación, aprobado por el título Real Decreto 276/2007, de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. · 23 de febrero.
6.3[sic]. 2. Las titulaciones habilitantes condiciones de acceso a efectos los cuerpos a que se refiere el apartado anterior serán las recogidas en el Real Decreto 276/2007, de docencia para 23 de febrero.
3. Para
la impartición de los módulos profesionales, para los profesionales y del proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo en centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, son:
Módulos Profesionales
·
Titulaciones
·
3130 Puesta
las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para el profesorado serán los mismos que los exigidos para el acceso a punto las especialidades de habitaciones y zonas comunes los cuerpos docentes a que se refiere el apartado anterior, según la atribución docente que se establece para cada módulo en alojamiento.
3077. Materiales y productos textiles
3093. Lavado y secado
el apartado 5.1. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los resultados de ropa.
3094. Planchado y embolsado
aprendizaje de ropa.
3131. Lavandería y mantenimiento
los módulos profesionales y, si dichos elementos citados no estuvieran incluidos, además de lencería la titulación, deberá acreditarse, mediante certificación, una experiencia laboral de, al menos, tres años en el alojamiento.
3039. Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering.
3005. Atención al cliente.
3132. Formación
sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en centros empresas relacionadas implícitamente con los resultados de trabajo.
·
aprendizaje.
• Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título 4. En caso de grado correspondiente u otros títulos equivalentes.
• Técnico Superior en Patronaje y Moda u
contar con otros títulos equivalentes.
• Técnico Superior
perfiles colaboradores, estos deberán cumplir los requisitos indicados en Dirección el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de Cocina, Técnico Superior en Dirección 18 de Servicios en Restauración u otros títulos equivalentes.
·
julio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10683 Leer Qué cambió
30 de mayo de 2014 Texto original Leer

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